Es mucho, pues, lo que los jóvenes estudiantes ponen de su parte para poder acceder a la Universidad y mucho lo que arriesgan al escoger una carrera. Muy grande es también el esfuerzo que estos chicos y chicas deben hacer desde que, llenos de entusiasmo y ávidos de nuevas experiencias y nuevos saberes, llegan a la Universidad, hasta que varios años más tarde, y después de infinidad de pruebas y exámenes, dejan las aulas.
A los estudiantes universitarios, todo lo que rodea a la Universidad -el ambiente estudiantil, en muchos casos una nueva ciudad que hay que descubrir, la dureza de los estudios (dureza que es fácil confundir con calidad) y una cierta aureola de nobleza que todavía rodea a esta institución- tal vez les haga creer que, en justa recompensa por su esfuerzo, están recibiendo, si no la mejor formación posible, sí al menos la mejor formación posible hoy día en este país. Hay, sin embargo, razones fundadas para creer que esta idea no se corresponde en absoluto con la realidad.
La Universidad española no está funcionando de la mejor forma posible y, lo que es peor, este estado de cosas está afectando de forma muy negativa a la calidad de la formación que reciben los estudiantes. En la Asociación para el Avance de la Ciencia y la Tecnología en España (AACTE) -entre cuyos fines está el de impulsar la calidad de nuestra enseñanza universitaria- creemos que debemos llamar la atención de la sociedad sobre esta situación, pues la sociedad tiene derecho a saber lo que está pasando en esa Universidad a la que, confiadamente, envía a sus hijos.
La sociedad debe saber, por ejemplo, que los puestos de profesores universitarios, tanto fijos (funcionarios) como temporales (contratados), se cubren a menudo mediante procedimientos nada transparentes, sin respetar en muchos casos los más mínimos criterios de igualdad de oportunidades entre los candidatos, y sin que la selección esté basada en criterios estrictos de calidad docente e investigadora. Se echa a menudo la culpa de todo esto a una legislación deficiente pero, en rigor, la ley no solo no permite esta continua irregularidad, sino que establece el marco para evitarla. Para explicarlo mejor, vayamos por partes.
Hoy día, buena parte de los profesores universitarios no son fijos (funcionarios), sino temporales: los llamados profesores asociados. Muchos de ellos, quizá la inmensa mayoría, han ocupado su puesto de una forma que, entendemos, es contraria al espíritu de la ley. Y ello por varios motivos.
En primer lugar, porque el Real Decreto que regula estas contrataciones (Real Decreto 898/1985, de 30 de abril; BOE no. 146, de 19 de junio) estipula que los profesores asociados habrán de ser contratados de «entre personas de reconocida competencia» en la especialidad. Pues bien, en realidad, muchos de esos profesores, la mayoría tal vez, fueron contratados cuando no habían hecho más que acabar la licenciatura. Dicho de otra forma: durante los últimos años, la Universidad ha venido contratando como profesores a personas apenas cualificadas para impartir docencia en la enseñanza secundaria.
Esto es muy grave. Pero no tendría la importancia que tiene si no fuera porque, además, a muchos de los concursos de méritos en los que las plazas fueron asignadas a licenciados recientes concurrieron personas que sí eran especialistas de reconocida competencia, por ejemplo doctores con varios años de investigación a sus espaldas y numerosas publicaciones en el área.
Pero esto no es todo. Ocurre además que el mencionado Real Decreto contradice de forma clara a la Ley de Reforma Universitaria (LRU), que es la ley orgánica que, desde hace casi quince años, regula a la Universidad española. Y la contradice porque la LRU exige que los profesores asociados han de ser contratados de «entre especialistas de reconocida competencia» y, además, « que desarrollen normalmente su actividad fuera de la Universidad». Así, si según la LRU un recién licenciado no podría de ninguna forma ser contratado como profesor asociado, el Real Decreto deja un resquicio para esa posibilidad. Estamos pues, ante un Real Decreto en aplicación continuada que contradice a una ley de rango superior.
En la práctica, el Real Decreto 898/1985 creó una figura de profesor universitario que no existe en la LRU (llamémosle para abreviar «falso asociado», pues no reúne los requisitos que la LRU impone para un verdadero asociado). Esto, unido al enchufismo endémico de la Universidad, ha tenido consecuencias terribles para esta institución. Pues al ser el falso asociado una figura inexistente para la LRU, ésta no prevé ningún tipo de regulación para la misma y, por lo tanto, esta clase de profesor funciona, en la práctica, sin control legal alguno.
La única figura de profesor en formación que, según la LRU, debe existir en la Universidad es el Ayudante. Y para este profesor la LRU sí tiene previstos rigurosísimos mecanismos de control de todo tipo. Para empezar, su Título V exige que los ayudantes habrán de ser contratados de «entre quienes tras finalizar los cursos de doctorado (...) acrediten, además, un mínimo de dos años de actividad investigadora». En el marco de la LRU no existe, por lo tanto, eso de acabar un curso académico como alumno y empezar el siguiente como profesor, ni siquiera como profesor en formación.
La figura de «falso asociado» ha servido para que los departamentos (es decir, los grupos de poder establecidos en ellos) puedan soslayar todo control legal relativo a los profesores en formación, lo cual les ha otorgado un poder cuasi omnímodo que nunca habrían podido adquirir si la LRU hubiera sido observada. Esta falta de control no sólo ha dado lugar a la actual proliferación de «falsos asociados», sino que afecta también a la renovación de los contratos de éstos, la cual se lleva a cabo sin ningún tipo de evaluación. Ni siquiera se les exige que completen su formación, de forma que nada impide que sigan adelante con, poco más o menos, lo que aprendieron en la licenciatura.
Algunos de estos profesores presentarán, no obstante, su tesis doctoral, lo que automáticamente les permite concurrir a plazas de Profesor Titular de Universidad (funcionario), incluso a las adscritas a su propio departamento. Para ello no se les exige siquiera haber pasado un sólo día fuera de la universidad en que se licenciaron. Compárese esto con lo que ocurre con los ayudantes, para los cuales la LRU, en su Título V, establece que sólo podrán concurrir a una plaza de Profesor Titular de Universidad aquellos ayudantes que «durante un año o más hubieran realizado tareas de investigación o hubieran sido ayudantes en otra u otras universidades españolas o extranjeras».
Pero esto no es todo. Sucede además que, de los cinco miembros de las comisiones que juzgan las oposiciones a Profesor Titular, dos son nombrados por la Universidad convocante (la famosa fórmula 2+3). Y en la práctica lo habitual es que sea el propio candidato local (en general ese «falso asociado» al que nos referimos) el que los proponga y el que imponga también el perfil al que han de ajustarse los candidatos. Así las cosas no es difícil hacerse una idea de quién gana estas oposiciones. Nadie debe extrañarse, pues, de que los datos digan que prácticamente el 100% de las veces la plaza es ganada por el candidato local, muchas veces ese falso asociado que nunca ha salido de la Universidad donde se licenció y cuya «trayectoria profesional» (mejor dicho, la falta de ella) transmite una idea clara de cual puede ser su preparación, su futura actividad investigadora y la docencia que podrá impartir.
Este estado de cosas impide, además, el acceso al profesorado universitario de aquellos doctores que, siguiendo el mandato de la LRU, han hecho un verdadero esfuerzo por formarse en diferentes centros españoles o extranjeros. Muchos de ellos cuentan con excelentes trayectorias profesionales pero, al no haber permanecido siempre pegados a la pata de la silla de una misma universidad, no forman parte de los grupos de poder departamentales y, por ello, sus posibilidades de acceder a un puesto de profesor universitario son, en la práctica, nulas.
El efecto global de este mecanismo perverso es que hoy día no existe en España nada parecido a un verdadero sistema de formación y selección del profesorado universitario. Así, muchos de nuestros doctores más brillantes, hastiados, terminan abandonando la carrera docente o yéndose a trabajar a otros paises. Y aquellos peor preparados y de talento más que dudoso se quedan en nuestras universidades. Con el agravante de que estos últimos estarán impartiendo docencia a nuestros estudiantes durante toda su vida laboral, y con cargo al contribuyente.
Creemos que lo dicho debe bastar para dar una idea de la gravísima situación que atraviesa la Universidad española. Esperamos que esta llamada de atención no sea en vano y que tanto la sociedad en general como la Administración en particular pongan en marcha los mecanismos necesarios para detener el deterioro de nuestra Universidad. Desde la AACTE, creemos indispensable una derogación inmediata del Decreto 898/1985 de 30 de abril «Sobre Régimen del Profesorado Universitario» (y de cualquier otra legislación contraria a la LRU) y que se pongan en marcha todos los controles necesarios para evitar que, de ahora en adelante, se sigan produciendo situaciones irregulares. Pedimos además que se articulen las medidas necesarias para reparar los daños que la situación descrita, operando por más de una decada en la Universidad española, haya podido ocasionar.