EL COMERCIO DE LA TORTURA

por Jorge Figueiredo{13}NOTA 4_1

El gobierno de Estados Unidos de América no solo permite la fabricación y exportación de instrumentos de tortura sino que además el US Department of Commerce desde 1984 tiene categorías propias para designar tales productos y efectuar la respectiva clasificación aduanera. Esto se puede corroborar en el informe «Una evaluación de las tecnologías de control político (Estudio provisional)» del Parlamento Europeo (PE 166 499/Int.St.), publicado el 19 de enero de 1998, que contiene 76 páginas, más un anexo denominado «Material ilustrativo».

El informe es explícito y detallado. En el período comprendido de Septiembre/91 a Diciembre/93, el Departamento de Comercio de EE.UU. aprobó cerca de 350 licencias de exportación de mercancías de la categoría OA82C. Esta clasificación del arancel de la aduana norteamericana incluye: porras (saps), esposas (thumbcuffs>, anillos de hierro para inmovilizar y apretar los dedos (thumbscrews), inmovilizadores de piernas (leg irons), grilletes para brazos y piernas (shackles and handcuffs), implementos de tortura especialmente concebidos; camisas de fuerza (straight jackets), etc. A su vez la categoría OA84C incluye: armas para aturdir (stun guns), bastones de choque (shocks batons), aguijones eléctricos para el ganado (electric cattle prods) y otras armas de inmovilización. En el mismo período, el Departamento de Comercio de EE.UU. aprobó más de 2.000 autorizaciones de exportaciones de esta categoría. En la lista de los países compradores figuran numerosos países de la Unión Europea tales como Austria, Bélgica, Francia, Alemania, Islandia, Irlanda, Italia, Holanda, España y el Reino Unido. El informe afirma que «las licencias representan un permiso provisional para la venta al extranjero, no indican el lugar real de entrega y no son extensivas, pues países de la OTAN como Turquía no exigen una licencia» (pág. 57).

Empresas norteamericanas como la Technipol y la US ShokBaton Company anuncian libremente tales mercancías, en franca violación de los derechos humanos. Y, durante décadas, la infame School of the Americas situada en Fort Benning (Georgia) entrenó a miles de militares latinoamericanos en el empleo de estos instrumentos. Esta escuela de asesinos conocida también como «La escuela del golpe» continúa funcionando hasta hoy. Los escuadrones de la muerte en Guatemala, en Honduras y en otros tantos países de Centro y Suramérica aprendían allí sus métodos de acción. Algunos de los manuales de esta escuela llegaron a ser divulgados. Uno de ellos, sobre el tratamiento que debe darse a los prisioneros, confirma que la escuela de Fort Benning merece el nombre de Escuela de Asesinos.

Este informe del Parlamento Europeo es tan denso que sería imposible dar una remota idea de los hechos siniestros que en él se describen. Sus once capítulos describen de forma muy exhaustiva, en la medida de lo posible, el negocio que es la represión. Se confirma que ya no se trata tan solo de un asunto de Estado, pues hay numerosísimas empresas de todo el mundo (en los EE.UU. y no solo allí) involucradas en este comercio sucio. Hacen exposiciones, publican catálogos y manuales de instrucción, realizan Promociones y discretas publicidades dirigidas al público-meta verdadero: los aparatos represivos, militares y policiales de este mundo cada vez más globalizado.

Los principales capítulos del informe se refieren al «Papel y función de las tecnologías de control político»; «Tendencias recientes e innovaciones»; «Desarrollos en tecnología de vigilancia»; «Innovaciones en armas de control de multitudes»; «Nuevos sistemas de control de prisiones»; «Interrogatorio, técnicas de tortura y tecnologías»; «Reglamentación de la proliferación horizontal». Es, sin dudas, un mérito del Parlamento Europeo, de su autor (Sr. Steve Wright) y de su editor (Sr. Dick Holdworth) que se hayan referido a un tema tan escabroso como éste. Hay verdades que deben ser dichas. Discursos retóricos sobre derechos humanos resultan vacíos cuando se cierra los ojos ante la realidad.


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